sábado, 12 de diciembre de 2009

‘Baguazo’: El general Muguruza llegó tarde a la Curva del Diablo


Por Daniel Yovera
La demora en llegar a la ’Curva del Diablo’ del escuadrón policial que dirigía el general PNP Luis Muguruza, el 5 de junio, fue uno de los factores que precipitó la tragedia del Baguazo. Esta es una de las conclusiones a las que arribó la comisión investigadora de los sucesos de Bagua, según el borrador de su informe final, al que Perú.21 tuvo acceso.
De acuerdo con el documento, si Muguruza –entonces jefe de Operaciones Policiales de la PNP– hubiera llegado al lugar de los hechos según lo planificado, es decir, a las 6 de la mañana, “los nativos no se habrían concentrado en la parte alta del cerro, cercando al comandante (Luis) Del Carpio y a sus hombres, y se hubiera evitado la toma del mayor (Felipe) Bazán y su escuadrón”.
Cabe indicar que esta comprensible preocupación que muestra la comisión por el trágico final de los policías no se percibe en el caso de los indígenas que también murieron ese día.
A MEDIAS. El borrador elaborado por la comisión es poco esclarecedor y no señala responsabilidades al más alto nivel policial ni, menos, ministerial. Más bien, acusa al Ejército por su “falta de participación en el cumplimiento del plan de operaciones” y porque “no cumplió con su presencia, lo que hubiera reforzado la acción de la Policía y disuadido a los manifestantes”.
Sin embargo, cabe recordar que Perú.21 reveló, el 25 de junio, que la Policía se apresuró en iniciar las operaciones en la Curva del Diablo y que no esperó el fin del desplazamiento de las unidades del Ejército. Así lo consignan documentos clasificados del Ministerio de Defensa y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
DESACUERDOS. En diálogo con Perú.21, el presidente de la comisión, Jesús Manacés, comentó que “siempre hay opiniones encontradas, y tenemos que discutir eso; yo no voy a firmar ese borrador (porque) yo tengo mi propia opinión”. Manacés aseguró que “la versión final será diferente”.
Otra integrante de la comisión, la religiosa Carmen Gómez Calleja, consideró que, “lamentablemente, (el documento) es un producto pobre, a mi modo de ver”, y dijo que tiene un vacío central: no esclarece los hechos del 5 de junio. “Eso no se ha hecho, y no estoy de acuerdo”, expresó a Perú.21 tras indicar que no lo suscribirá.

miércoles, 9 de diciembre de 2009

Poder Judicial absuelve de delito contra Ecología a líder indígena Antonio Iviche y a otros tres nativos

La Corte Superior de Justicia de Madre de Dios resolvió absolver de los delitos contra la ecología y los recursos naturales, en la modalidad de contaminación del medio ambiente, a Antonio Iviche Quique, presidente de la FENAMAD, y a otros tres nativos más encausados en el mismo proceso.

En la sentencia del 03 de diciembre, que es publicado hoy, el juez a cargo de la causa Walter Calixto Alarcón del Segundo Juzgado Penal Transitorio de Tambopata de dicha instancia, decidió: “ABSOLVER de la acusación fiscal (en contra de) ANTONIO IVICHE QUIQUE, RICARDO YOJAJE SHANACUA, ELISA SAAVEDRA VIAEJA Y CESAR AUGUSTO YOJAJE EQUINEY por la comisión del Delito contra los Recursos Naturales Medio Ambiente en su Modalidad de Alteración del Medio Ambiente en agravio del Estado”.

Además, en la sentencia de siete hojas que obra en el expediente 00642-2008-0-2701-JR-PE-01, se ordena que “se anulen los antecedentes policiales y judiciales generados” a partir de dichos casos “archivándose de la forma y modo de ley”.

Recordemos que a mediados del 2008 la Fiscalía Provincial de Delitos Ecológicos de Tambopata de Madre de Dios decidió denunciar penalmente al dirigente nativo Antonio Iviche, a su esposa Elisa Saavedra, y otros dos indígenas más, por habérseles encontrado supuestamente extrayendo oro de manera ilegal en la quebrada Palma Real Chico, que está ubicado dentro de la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata. Entonces se pedía una pena privativa de libertad de dos años.

La denuncia salió publicada en El Comercio en octubre del 2009 en medio de un contexto en el que las comunidades nativas de la Reserva Comunal Amarakaeri defendían su territorio ancestral de la empresa de hidrocarburos Hunt Oil Company.

Principio de la inocencia vulnerado

En la sentencia absolutoria se dice que para condenar a una persona se debe tener “la plena certeza del carácter indubitable de la responsabilidad de los inculpados”. Por ejemplo, en el caso de las acusaciones hechas por el jefe de la Reserva Nacional de Tambopata, Juan Fuentes, y el entonces guarparque Abner Guevara, principales pruebas testimoniales aportadas en el caso, se fundamente que “la sola imputación de los testigos (…) no es prueba para condenar a los acusados, este indicio tiene que ser corroborado con otro acto de investigación”

Se añade además que en la declaración del señor Fuentes no participó el representante del Ministerio Público conforme a ley, mientras que en la manifestación del señor Guevara, “no estuvo presente su abogado defensor conforme así lo establece el artículo 62 del Código de Procedimientos Penales”.

Con respecto a las fotografías en las que se probaría la comisión del delito se dice:

“…ahora pasemos a analizar las fotos en las fojas veintiuno y veintidós en las que se aprecia un montículo de arena pero no se aprecia todos los instrumentos necesarios para la extracción del mineral aurífero y fotos de fojas veintiocho corresponden como fecha de toma el día once de diciembre del dos mil siete que de ninguna manera encuadra con las fechas realizadas las dos diligencias…”

Recientemente la FENAMAD, la Federación Nativa de Madre de Dios, salió a desmentir al ministro Brack por afirmaciones en las que se trataba de vincular a los dirigentes de la FENAMAD con la práctica ilegal de la minería en la región “Rechazamos la doble moral ‘ambiental’ de Brack que ataca a los mineros informales por un lado, pero por el otro, ignora a las grandes empresas petroleras que están generando serios problemas socio-ambientales en Madre de Dios”, dice una parte del pronunciamiento del 27 de noviembre del 2009.
Edgard Sulca Oficina de Comunicaciones FENAMAD

martes, 8 de diciembre de 2009

Necesaria disculpa a comunidad afroperuana

En un gesto de trascendental reivindicación histórica, el presidente Alan García pidió perdón, a nombre del Estado y del Gobierno, a los ciudadanos afroperuanos por los abusos, exclusión y discriminación cometidos en su agravio a lo largo de los siglos.
No solo eso. Como era también absolutamente necesario, el presidente reconoció el esfuerzo de estos peruanos en la construcción del país y la nación, así como en la afirmación de nuestra identidad nacional, difusión de valores y defensa de la patria.
Tal actitud ha sido saludada por la mayoría ciudadana, no solo para saldar una deuda histórica, sino también en el entendido de que aún existen absurdos rezagos de racismo y discriminación que, fuera de cualquier otra consideración, son, por principio, intolerables y debemos erradicar.
La persona humana vale por sí misma y no por el color de su piel o lo que tiene, como lo reconocen las diversas religiones, la moral natural y los cuerpos normativos nacionales y supranacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Es asimismo bajo esa premisa que la Constitución Política (art. 2) estipula que “toda persona tiene derecho: a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”.
El perdón histórico a las poblaciones antes sojuzgadas dentro de un mismo país no debe verse solo como un acto político que involucre solo al Gobierno o a los grupos que pugnan por llegar a él. Como lo han hecho ya muchos países, resulta también una exigencia para convivir civilizadamente, pues el ejercicio y reconocimiento de nuestros derechos exige, como deber y complemento, el respeto a los derechos de los otros.
Así, incluso desde el punto de vista práctico los rezagos de racismo y discriminación representan, además, una dura y absurda barrera para el desarrollo social, económico, laboral y educativo de la población en general, y son fuente permanente de confrontación y hasta de conflicto.
En cuanto a nuestro Diario, a lo largo de la historia del Perú, El Comercio ha sido confaloniero y promotor de los derechos humanos. Y es igualmente conocida su firme posición por la abolición de la esclavitud en el siglo XIX, dando a conocer las decisiones particulares de liberar esclavos negros y luego incluso haciéndole recordar al propio presidente Ramón Castilla su promesa abolicionista, cuando su entorno parecía olvidar dicho compromiso. Nuestro director de entonces, Alejandro Villota, llegó al punto de mandar reproducir el histórico texto de la manumisión (liberación) en carteles que fueron pegados en todas las esquinas de Lima (1855) y luego, cuando Castilla ratificó su promesa, El Comercio hizo un gran elogio del Libertador.
Hoy ratificamos esta postura editorial y, en tal contexto, reiteramos las disculpas expresadas ayer en “Carta al lector”, por un desafortunado spot con contenidos racistas y agraviantes para la comunidad afroperuana y para un país, el nuestro, que concebimos y queremos consolidar como justo, unido y fraterno.
El mestizaje, como decía nuestro recordado director Aurelio Miró Quesada Sosa, es elemento crucial de la peruanidad. Es del encuentro de las diferencias que surgen creativamente las manifestaciones de la nacionalidad, por ejemplo en su idiosincrasia, gastronomía, expresión lingüística y artística, etc.
Sobran pues razones para apoyar el gesto presidencial, que es también un llamado a la reconciliación, la justicia, la igualdad y la unidad nacional que debe comprometernos a todos los peruanos y concretarse no solo en políticas públicas sino, sobre todo, en nuevas maneras de derribar barreras, acercarnos y dialogar. Todos somos peruanos.

domingo, 6 de diciembre de 2009

Perú: Diario 'El Comercio' pide disculpas por comercial racista que ofende a afroperuanos

El diario ‘El Comercio’ pidió disculpas por el comercial que fue tildado de “racista” por presentar como caníbales a las personas de origen africano, luego que el Gobierno pidiera “perdón histórico al pueblo afroperuano por los abusos, exclusión y discriminación cometidos en su agravio”.“Lamentamos profundamente que el comercial destinado a promover nuestra nueva colección Cocina Saludable haya sido elaborado y difundido con contenidos racistas que la dirección de ‘El Comercio’ no autorizó y que los deplora en todos sus alcances”, indica el medio impreso en su sección Cartas al Lector. Acto seguida señala: “La historia que se pretendió construir publicitariamente alrededor del concepto comer sano resultó a todas luces divorciada de nuestra línea editorial y del más elemental respeto por los derechos humanos, por lo que no nos hemos demorado en disponer su retiro de las pantallas televisivas”.Finalmente, manifiesta: “Frente a lo ocurrido, ofrecemos nuestras disculpas más sinceras a todos los que se hayan sentido afectados por el contenido del anuncio y nos comprometemos a tomar las medidas más drásticas del caso para que nunca más se repita una situación como la que motiva esta carta”.El aviso cuestionadoEn el argumento de dicho anuncio publicitario, se presenta a la población africana como caníbal señalando: “Una madre le dice a su hijo, ¿qué te has comido?”, “Me comí un gordo”, contesta el niño, “el es pura grasa y puro colesterol, aprende a tu hermano él si come sano”. Y se ve al hermano del niño que esta asando a un hombre blanco atravesado en un palo. “Come saludable, eres saludable, El Comercio trae comida rica y sana”.“Este spot reproduce y evidencia la fuerte carga de estigma y prejuicio racista hacía la población africana y afroperuana y evidencia una profunda contradicción del diario ‘El Comercio’, colocando en seria cuestión su interés en dar un paso sustancial en tener una política informativa, intercultural, antirracista y no solo respondiendo sólo a intereses de las élites”, expresó la organización LUNDU, Centro de Estudios y Promoción de Afroperuanos.
http://www.deperu.com/web.php?sitioweb=seniales.blogspot.com/2009/12/peru-diario-el-comercio-pide-disculpas.html
Fuente: Perú.com

viernes, 4 de diciembre de 2009

Cuando los Pueblos Indígenas reclaman al TC la protección de sus derechos

Autor(a): Juan Carlos Ruiz Molleda
Perú03-12-2009
El 27 de noviembre pasado el Tribunal Constitucional (TC) realizó, en la ciudad de Arequipa, la vista de la causa de varios procesos de inconstitucionalidad presentados contra los decretos legislativos expedidos por el Congreso en el marco de la delegación de facultades legislativas (Ley N°29157) para la implementación del TLC con USA. Como se recuerda, estos decretos no fueron consultados con los pueblos indígenas como exige el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y esta resistencia del legislador desencadenó los lamentables sucesos de Bagua el 5 de junio de este año, con las perdidas de vidas humanas que todos conocemos y deploramos.
El 26 de octubre se realizó la audiencia del proceso de inconstitucionalidad contra la Ley 29338 (Ley de recursos hídricos). Al día siguiente, 27 de octubre, tuvo lugar la vista de la causa de los procesos de inconstitucionalidad contra los decretos legislativos Nº 994 (Inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación la frontera agrícola); Nº 1020 (Organización de productores agrarios y la consolidación de la propiedad rural para el crédito agrario); Nº 1079 (Establecen medidas que garanticen el patrimonio de áreas naturales); Nº 1089 (Régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales).

Las demandas fueron presentadas por un estudio de abogados (Alvarado & Martínez) contratado por el Gobierno Regional de San Martín, a pedido de las propias comunidades nativas. Todas las demandas de inconstitucionalidad fueron firmadas por Gonzalo Tunama Tunama, quien a la fecha de presentación de estos procesos, se desempeñaba como Apu de la comunidad nativa Kechwa, del departamento de San Martín. Asimismo, es conveniente precisar que cada demanda fue firmada por cerca de 9,000 nativos y por pobladores de la región de San Martín, no necesariamente nativos.

Asimismo, la defensa del Estado estuvo a cargo de los abogados procuradores de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el caso de los decretos legislativos cuestionados, y del Congreso de la República en el caso de la Ley cuestionada. Por la PCM estuvo el doctor Ricardo Castro Belapatiño y por el Congreso estuvo el doctor Jorge Campana Ríos.

En todos los casos, el argumento de los demandantes fue fundamentalmente que, independientemente que los decretos legislativos y la ley estén bien hechos, estos debieron haber sido consultados en cumplimiento con el artículo 6 del Convenio169 de la OIT, que reconoce el derecho a la consulta de los pueblos indígenas. Al no haberse cumplido con este ineludible requisito, estaríamos ante decretos legislativos que tendrían un vicio de nulidad sustancial, razón por la que deberían ser derogados por el Congreso o declarados como inconstitucionales por el TC.

La respuesta del Estado fue débil, señalando en principio que el Convenio 169 de la OIT no era de aplicación inmediata, y que en el Perú no había Pueblos Indígenas, o que en el mejor de los casos, faltaba una ley que ayude a precisar quiénes eran indígenas en el Perú (link a páginas de la defensa del Estado). Los representantes del Estado olvidaron que, en nuestro país los tratados de derechos humanos, incluyendo el Convenio 169 de la OIT, no solo tienen rango constitucional sino que forman parte del bloque de constitucionalidad. También olvidaron que, si bien se carece de una ley para realizar los procesos de consulta, la ausencia de ésta no impide que el Convenio 169 cumpla una función de límite material de la facultad legislativa del Estado.

Para nadie es un secreto que existe un sistemático incumplimiento de derecho a la consulta de los pueblos indígenas, de lo que da cuenta la negativa del Congreso a consultar los decretos legislativos. Pero no solo se trata del Congreso, sino que es política de Estado lotizar y entregar a empresas mineras, gasíferas, forestales, etc., sin consultar con los pueblos indígenas. Basta mirar el mapa de lotes petroleros para advertir cómo ellos se superponen a los territorios de los pueblos indígenas (ver: Mapa de Lotes Petroleros). Ante la gran cantidad de lotes concesionados, cabe preguntarse ¿cuántos de estos casos se han consultado a las comunidades indígenas y campesinas, antes de conceder las concesiones? ¿Estarán enteradas todas las comunidades indígenas y campesinas que sus territorios están lotizados?

La respuesta podríamos encontrarla en el video “¿Acaso comemos plata?”[1] del año 2006 editado por una ONG local, en base a la filmación de Petroperú de uno de sus talleres informativos. En él podemos apreciar como un funcionario de Perupetro le “informa” a las comunidades nativas de San Martín, que el Estado no solo ha decidido concesionar lotes a empresas petroleras en los que cuales existen comunidades nativas, sino que no tiene la obligación de consultarles a los pueblos indígenas (minuto cuatro). Es sorprendente apreciar cuando les señala a los nativos asistentes al taller informativo, que la ley no dice que ellos tienen derecho a la consulta, y que el Estado ya ha decidido por ellos. Este video es una muestra gráfica concluyente de lo que está ocurriendo en nuestro país:

http://www.youtube.com/v/Z1uH46-mK70&hl=es_MX&fs=1&">.

¿Por qué estos procesos en el Tribunal Constitucional son importantes? Si tenemos en cuenta que las sentencias del TC son vinculantes (doctrina jurisprudencial o precedentes vinculantes), que el Tribunal queda vinculado a sus propios fallos (jurisprudencia horizontal) y que éstos obligan también a los jueces de otras jurisdicciones y a jueces de otras funciones (jurisprudencia vertical), rápidamente concluiremos que lo que está en juego es el derecho a la consulta, no solo de las comunidades nativas de San Martin, sino de las comunidades nativas de toda la Amazonía y de las comunidades campesinas de todo el país.

Estos procesos constitucionales son una “prueba” que los pueblos indígenas le están haciendo al sistema de justicia. Los resultados de estos procesos les demostrarán si es posible lograr una efectiva protección de sus derechos al interior del sistema de justicia nacional.
Es importante que los pueblos indígenas comprueben que el sistema democrático y el Estado Constitucional de Derecho no es un sistema ajeno a sus demandas y exigencias, sino que, muy por el contrario, éste puede ser una herramienta potentísima para la efectiva protección de sus derechos, reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos. El Tribunal Constitucional debe demostrarles que el artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional (“Son fines esenciales de los procesos constitucionales garantizar la primacía de la Constitución y la vigencia efectiva de los derechos constitucionales”) no es una afirmación retórica y vacía. El Estado tiene la histórica oportunidad de reivindicarse con los pueblos indígenas que constituyen cerca de la tercera parte de la población. Debe, en definitiva, pasar de una respuesta “penal represiva” de las protestas de los pueblos indígenas, a una respuesta “política” de construcción de políticas públicas inclusivas de las demandas de los pueblos indígenas que también son peruanos y peruanas.
http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=187

jueves, 26 de noviembre de 2009

Relator ONU condena desalojo de comunidades Naso en Panamá y exhorta al diálogo

GINEBRA -- El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos indígenas, James Anaya, expresa su "extrema preocupación por los desalojos forzados y la destrucción de viviendas sufridos el 20 de noviembre de 2009 por las comunidades Naso de San San y San San Druy, en Changuinola, provincia Bocas del Toro, Panamá."
Según informes fiables, el 20 de noviembre de 2009, aproximadamente 150 policías antimotines desalojaron con bombas de gases lacrimógenos, a más de 200 indígenas Naso que habitan en las comunidades de San San y San San Druy. Después de que las personas fueron sacadas, empleados de la empresa Ganadera Bocas entraron al área con maquinaria y procedieron a derribar las viviendas de los indígenas.
La empresa reclama el área del desalojo para sus actividades comerciales ganaderas, con base en un supuesto título otorgado por el Estado, mientras que las comunidades Naso que han vivido allí reclaman derechos anteriores con base en su tenencia de tierra tradicional. Los Naso han llevado un proceso de reivindicación de tierras desde los años setenta, en el que solicitan, en particular, la creación de su propia comarca sobre sus tierras tradicionales. Pese al tiempo transcurrido, a la fecha, los Naso no cuentan con el reconocimiento legal de sus tierras tradicionales.
"Hago un llamamiento a las autoridades panameñas y del pueblo Naso a buscar vías de diálogo y de entendimiento sobre la base de respeto a los derechos humanos," expresó el experto de la ONU. "En particular, insto al Gobierno que se retome de inmediato un proceso de diálogo con los indígenas Naso afectados para llegar a una solución pacífica a esta situación."
Asimismo, el Relator Especial insta a las autoridades judiciales competentes para que adopten medidas para esclarecer los hechos del desalojo, sancionar a los responsables de cualquiera violación a los derechos de las comunidades afectadas, y reparar el daño causado a las víctimas, incluyendo indemnización.
En este respecto, el Relator Especial enfatiza que el artículo 10 de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU establece que "los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso."
A la presente situación se suma el anterior desalojo de los miembros de las comunidades San San y San San Druy en marzo y abril de este año. El 23 de abril de 2009 el Relator Especial envió un llamamiento urgente al Gobierno de Panamá, pidiendo aclaración sobre las circunstancias de los desalojos y el reclamo territorial de los Naso. Lamenta no haber recibido una respuesta del Gobierno de Panamá.
www.ohchr.org/ - 25 Noviembre 2009
INFORMACION RELACIONADA
- Informe del Relator sobre el Proyecto AES Changuinola en Panamá

sábado, 7 de noviembre de 2009

Gas del lote 58 podría abastecer el sur del país

El ministro de Energía y Minas, Pedro Sánchez, comentó que el gas natural recientemente hallado por Petrobras podría ser explotado a partir del 2012. Aclaró que la petrolera requerirá de una serie de pruebas de confirmación para definir el tamaño de las reservas del lote 58.
Como se recuerda, el presidente de la República, Alan García, anunció el miércoles que la petrolera brasileña había hallado alrededor de 1,5 trillones de pies cúbicos (TCF, por sus siglas en inglés) en el lote 58, adyacente a Camisea.
Sánchez explicó que este volumen era el resultado de la exploración del primer pozo perforado por Petrobras, denominado Urubamba 1X. Sin embargo, puntualizó que faltaría la perforación de otros tres: Picha, Paratoni y Taini, que podrían dar como resultado una mayor cantidad de reservas. Al respecto, el ministro mencionó que estas perforaciones se realizarían en breve.
“Lo más importante de este hallazgo es que desde el punto de vista geológico nos da pruebas muy favorables de que en estas zonas (áreas cercanas a Camisea) existen reservas de gas”, sostuvo.
El titular de Energía y Minas señaló que el gas hallado se podría orientar al abastecimiento de plantas petroquímicas y de generación eléctrica. Asimismo, reveló la posibilidad de que esta nueva fuente de gas natural se destine a abastecer las necesidades del sur del país. “Hay conversaciones iniciales para que este gas salga por el sur”, adelantó.
APORTE DE RESERVAS
De otro lado, Pedro Sánchez informó que las reservas halladas podrían permitir que se incremente en 250 millones de pies cúbicos diarios (mpcd) el abastecimiento de gas natural para los próximos 20 años. Explicó que actualmente el consumo local es de 300 mpcd. Sin embargo, se debe señalar que la demanda de gas para los próximos cuatro años ya supera los 1.000 mpcd.
Si bien Petrobras informó que ayer daría los detalles del hallazgo, hasta el cierre de esta nota la empresa no se pronunció. Hoy el presidente Alan García viajará a la zona de exploración para tener una información detallada respecto al hallazgo en el lote 58.
EN PUNTOS
1. Petrobras podría tomar entre uno y tres meses más para confirmar solo el volumen de reservas de gas que ha hallado hasta el momento.
2. La petrolera brasileña tenía planeado invertir alrededor de US$50 millones en la perforación de dos pozos exploratorios en el lote 58. Sin embargo, solo pudo cumplir con la perforación de uno de ellos.
3. La producción de gas natural en el lote 58 sería la segunda operación de Petrobras en el país. Actualmente solo opera el lote X, en la costa norte, donde extrae petróleo.
4. Petrobras tiene alrededor de nueve concesiones de exploración en el país. Cinco de ellas las comparte con la colombiana Ecopetrol y la petrolera estatal Petro-Perú.